lunes, 9 de mayo de 2011

EDITORIAL: Algunas preguntas


Es muy frecuente que quienes se dicen gobierno digan una cosa y hagan otra totalmente distinta. La contradicción es inherente a la función pública. Algunas preguntas: ¿Por qué no se ha empleado a cabalidad el Reglamento del Servicio Policial de Carrera, que es de “aplicación obligatoria” y que fuera aprobado en la administración de El “Güero” García? ¿Será que los objetivos plasmados en tal documento son muy altos para la pequeñez de nuestras autoridades? ¿De qué manera funcionan –si es que funcionan– los subsistemas de reclutamiento y selección, de separación y retiro y de recursos e inconformidad? ¿Si quienes deberían ser los responsables del funcionamiento y seguimiento del servicio policial de carrera –Dirección de Recursos Humanos y Dirección de Seguridad Pública– no rinden cuentas, qué se puede esperar del alcalde –que para todo encuentra excusas– quien es el que debe presidir la comisión del servicio policial de carrera? ¿Por qué no se hacen públicos los resultados de los exámenes –sin necesidad de dar nombres– de conocimientos y aptitudes de aquellos que pretenden incorporarse al servicio policial de carrera? ¿Hasta qué punto se lleva a cabo el proceso de inducción del personal que se contrata, sabiendo que la tal inducción consiste en determinar el grado del aspirante en cuanto a vocación, comprensión y concientización de la administración pública, perfil y valores éticos? ¿Cuáles han sido los resultados de las distintas evaluaciones del personal de Seguridad Pública en cuanto a “eficacia en el desempeño de las funciones asignadas”, “el comportamiento ético-profesional”, o su “conocimiento de los principios fundamentales de la Constitución de la República y de las garantías individuales y sociales que ésta consagra”? ¿Y el Consejo de Honor y Justicia, otro mamotreto de la presente administración, que no ha servido mas que para causar lástima? ¿Y el Reglamento para la Zona Centro y Peatonal para San Francisco que rige desde 1987, el cual tiene como uno de sus objetivos “conservar y mejorar la belleza del paisaje para el beneplácito y disfrute de sus moradores y visitantes”? ¿No es verdad que el Comité que fue formado para tales efectos, sólo ha servido como palero del presidente en turno? ¿De qué sirve que el Reglamento de la Feria contemple la figura de la vigilancia del Comité Directivo –que es la máxima autoridad del Patronato de la Feria– por parte de Contraloría Municipal, si ésta ha avalado con su displicente actitud el caos y la opacidad en el manejo de los dineros que se destinan para tales menesteres? ¿Se puede confiar en el buen manejo de los recursos monetarios por parte del Patronato si en la pasada feria fue presidido por el concuño de la tesorera municipal, siendo que a ella le corresponde analizar los estados financieros de tal organismo? ¿Por qué en cada administración municipal cada alcalde interpreta a su muy personal interés, el Reglamento de Mercados Públicos que, entró en vigor en 1987? ¿A cuántos trinquetes se ha prestado el señor Eusebio Padilla, director de Mercados, solamente en lo que a traspasos se refiere? ¿El señor Padilla realmente respeta lo que le mandata el Reglamento aludido, en cuanto a la coordinación con las uniones de comerciantes para la asignación de lugares en los tianguis autorizados? ¿Por qué se ha seguido tolerando la ineptitud del encargado de Servicios Municipales, quien no ha organizado campañas de limpieza en coordinación con dependencias oficiales u organismos privados o de tipo social, ni tampoco ha orientado o alentado a la población sobre “el manejo más conveniente de la basura y sus desperdicios”? ¿Por qué no se sanciona a la gente que saca los depósitos de basura fuera del horario establecido por la Dirección de Servicios Municipales o a la que lava sus utensilios de trabajo –como los taqueros por ejemplo– arrojando sus aguas sucias y malolientes al arroyo de la calle? ¿Y el “coordinador” de Ecología, individuo gris y sin chispa de nada? Todo bien, todo marcha muy bien, a los ojos del primer panista del municipio.

(Basado en los citados reglamentos, 12/II/11).

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